El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es la prestación de la Seguridad Social para garantizar un nivel mínimo de ingresos a los hogares en situación de pobreza o exclusión social. Desde su creación en 2020 ha tenido muchos cambios, y en 2026 los importes han sido actualizados. Si crees que puedes tener derecho, esta guía te explica todo.
Importes del IMV en 2026
El IMV funciona como un "complemento": el INSS te paga la diferencia entre lo que ya percibes (ingresos del trabajo, pensiones, etc.) y el umbral garantizado.
| Composición del hogar | Renta garantizada mensual | |---|---| | 1 adulto solo | 570 € | | 1 adulto + 1 menor | 712 € | | 1 adulto + 2 menores | 855 € | | 2 adultos sin hijos | 855 € | | 2 adultos + 1 menor | 998 € | | 2 adultos + 2 menores | 1.140 € | | 3 adultos | 998 € |
Estos importes corresponden al 100 % de la escala de referencia del IMV actualizada para 2026. El complemento de monoparentalidad añade el 22 % a las familias monoparentales.
Ejemplo: Si eres una persona sola sin ingresos, cobrarías 570 €/mes. Si trabajas a media jornada y cobras 400 €/mes, cobrarías la diferencia (170 €/mes) más el incentivo al empleo.
Requisitos para solicitar el IMV en 2026
Requisitos personales
- Edad: entre 23 y 65 años. Los menores de 23 años solo pueden solicitarlo si tienen hijos o menores a cargo.
- Residencia: residencia legal y efectiva en España durante al menos 1 año (12 meses continuados) antes de la solicitud.
- No estar en otras instituciones: no vivir en una residencia pública pagada al 100 % con cargo a fondos públicos.
Requisitos económicos
- Ingresos: que los ingresos del hogar del año anterior sean inferiores al umbral garantizado por el IMV para tu composición familiar.
- Patrimonio: el patrimonio neto del hogar no puede superar ciertos límites (excluida la vivienda habitual):
- 1 persona: hasta 16.614 €
- Más miembros: umbral ampliado
- Periodo de pobreza: acreditar al menos 6 meses en situación de ingresos por debajo del umbral (salvo excepciones).
Excepciones al requisito de antigüedad
No hace falta el año de residencia ni los 6 meses de pobreza en casos de:
- Víctimas de violencia de género o de trata
- Personas sin hogar
- Familias con menores en riesgo
- Personas que salen de instituciones penitenciarias o de protección
Cómo solicitar el IMV paso a paso
Paso 1: Reúne la documentación:
- DNI o NIE de todos los miembros del hogar
- Certificado de empadronamiento (o historial de empadronamiento)
- Declaraciones de la renta de los últimos años (o certificado de no obligación)
- Documentación de ingresos (nóminas, pensiones, prestaciones que cobres)
- Libro de familia (si tienes hijos)
- IBAN de tu cuenta bancaria
Paso 2: Presenta la solicitud. Tienes tres vías:
Online (recomendado):
- Entra en sede.seg-social.gob.es
- Busca "Ingreso Mínimo Vital — Solicitud"
- Accede con Cl@ve, certificado digital o SMS
- Rellena el formulario y adjunta los documentos
Por teléfono: Llama al 900 20 22 22 (gratuito, INSS). Te guían y pueden ayudarte a completar la solicitud.
Presencialmente: En cualquier Centro de Atención e Información del INSS con cita previa.
Paso 3: El INSS puede pedirte documentación adicional durante la tramitación. Responde en el plazo indicado o el expediente podría archivarse.
Paso 4: En un plazo de hasta 6 meses recibirás la resolución. Si es favorable, los pagos son mensuales y el primer pago puede incluir retroactivo desde la fecha de solicitud.
Compatibilidades del IMV
El IMV es compatible con:
- Trabajar (con incentivo al empleo en los primeros años)
- Ayudas de comunidades autónomas y ayuntamientos
- Bono Social Eléctrico
- Prestación por desempleo (en algunos supuestos)
- Rentas mínimas de las comunidades autónomas (en algunos casos, con compatibilidad parcial)
El IMV es incompatible con:
- Subsidio de desempleo para mayores de 52 años
- Renta activa de inserción
- Otras prestaciones del INSS de análoga naturaleza
El complemento de ayuda para la infancia
Si tienes hijos menores de 18 años a cargo, además del IMV puedes recibir el Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI):
| Edad del menor | Importe mensual | |---|---| | Menor de 3 años | 115 € | | Entre 3 y 6 años | 80 € | | Entre 6 y 18 años | 80 € |
Este complemento se solicita junto con el IMV o por separado si ya cobras el IMV.
Qué hacer si te lo deniegan
Las denegaciones más frecuentes se deben a:
- Patrimonio o ingresos que superan el límite (revisar el cálculo)
- Falta de documentación o documentación incorrecta
- No acreditar el año de residencia en España
Opciones si te deniegan:
- Reclamación previa: ante el INSS, en los 30 días siguientes a la notificación. Es gratis y puedes hacerla tú mismo.
- Demanda ante el Juzgado de lo Social: si desestiman la reclamación, en los 30 días siguientes.
Muchas denegaciones se revierten con la reclamación si el motivo es documental o de cálculo.