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Ingreso Mínimo Vital 2026: cómo solicitarlo, requisitos y cuánto se cobra

Guía actualizada del Ingreso Mínimo Vital (IMV) en 2026: importe actualizado, quién puede pedirlo, documentación necesaria y cómo tramitarlo ante el INSS.

· 5 min de lectura

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es la prestación de la Seguridad Social para garantizar un nivel mínimo de ingresos a los hogares en situación de pobreza o exclusión social. Desde su creación en 2020 ha tenido muchos cambios, y en 2026 los importes han sido actualizados. Si crees que puedes tener derecho, esta guía te explica todo.

Importes del IMV en 2026

El IMV funciona como un "complemento": el INSS te paga la diferencia entre lo que ya percibes (ingresos del trabajo, pensiones, etc.) y el umbral garantizado.

| Composición del hogar | Renta garantizada mensual | |---|---| | 1 adulto solo | 570 € | | 1 adulto + 1 menor | 712 € | | 1 adulto + 2 menores | 855 € | | 2 adultos sin hijos | 855 € | | 2 adultos + 1 menor | 998 € | | 2 adultos + 2 menores | 1.140 € | | 3 adultos | 998 € |

Estos importes corresponden al 100 % de la escala de referencia del IMV actualizada para 2026. El complemento de monoparentalidad añade el 22 % a las familias monoparentales.

Ejemplo: Si eres una persona sola sin ingresos, cobrarías 570 €/mes. Si trabajas a media jornada y cobras 400 €/mes, cobrarías la diferencia (170 €/mes) más el incentivo al empleo.

Requisitos para solicitar el IMV en 2026

Requisitos personales

  • Edad: entre 23 y 65 años. Los menores de 23 años solo pueden solicitarlo si tienen hijos o menores a cargo.
  • Residencia: residencia legal y efectiva en España durante al menos 1 año (12 meses continuados) antes de la solicitud.
  • No estar en otras instituciones: no vivir en una residencia pública pagada al 100 % con cargo a fondos públicos.

Requisitos económicos

  • Ingresos: que los ingresos del hogar del año anterior sean inferiores al umbral garantizado por el IMV para tu composición familiar.
  • Patrimonio: el patrimonio neto del hogar no puede superar ciertos límites (excluida la vivienda habitual):
    • 1 persona: hasta 16.614 €
    • Más miembros: umbral ampliado
  • Periodo de pobreza: acreditar al menos 6 meses en situación de ingresos por debajo del umbral (salvo excepciones).

Excepciones al requisito de antigüedad

No hace falta el año de residencia ni los 6 meses de pobreza en casos de:

  • Víctimas de violencia de género o de trata
  • Personas sin hogar
  • Familias con menores en riesgo
  • Personas que salen de instituciones penitenciarias o de protección

Cómo solicitar el IMV paso a paso

Paso 1: Reúne la documentación:

  • DNI o NIE de todos los miembros del hogar
  • Certificado de empadronamiento (o historial de empadronamiento)
  • Declaraciones de la renta de los últimos años (o certificado de no obligación)
  • Documentación de ingresos (nóminas, pensiones, prestaciones que cobres)
  • Libro de familia (si tienes hijos)
  • IBAN de tu cuenta bancaria

Paso 2: Presenta la solicitud. Tienes tres vías:

Online (recomendado):

  1. Entra en sede.seg-social.gob.es
  2. Busca "Ingreso Mínimo Vital — Solicitud"
  3. Accede con Cl@ve, certificado digital o SMS
  4. Rellena el formulario y adjunta los documentos

Por teléfono: Llama al 900 20 22 22 (gratuito, INSS). Te guían y pueden ayudarte a completar la solicitud.

Presencialmente: En cualquier Centro de Atención e Información del INSS con cita previa.

Paso 3: El INSS puede pedirte documentación adicional durante la tramitación. Responde en el plazo indicado o el expediente podría archivarse.

Paso 4: En un plazo de hasta 6 meses recibirás la resolución. Si es favorable, los pagos son mensuales y el primer pago puede incluir retroactivo desde la fecha de solicitud.

Compatibilidades del IMV

El IMV es compatible con:

  • Trabajar (con incentivo al empleo en los primeros años)
  • Ayudas de comunidades autónomas y ayuntamientos
  • Bono Social Eléctrico
  • Prestación por desempleo (en algunos supuestos)
  • Rentas mínimas de las comunidades autónomas (en algunos casos, con compatibilidad parcial)

El IMV es incompatible con:

  • Subsidio de desempleo para mayores de 52 años
  • Renta activa de inserción
  • Otras prestaciones del INSS de análoga naturaleza

El complemento de ayuda para la infancia

Si tienes hijos menores de 18 años a cargo, además del IMV puedes recibir el Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI):

| Edad del menor | Importe mensual | |---|---| | Menor de 3 años | 115 € | | Entre 3 y 6 años | 80 € | | Entre 6 y 18 años | 80 € |

Este complemento se solicita junto con el IMV o por separado si ya cobras el IMV.

Qué hacer si te lo deniegan

Las denegaciones más frecuentes se deben a:

  • Patrimonio o ingresos que superan el límite (revisar el cálculo)
  • Falta de documentación o documentación incorrecta
  • No acreditar el año de residencia en España

Opciones si te deniegan:

  1. Reclamación previa: ante el INSS, en los 30 días siguientes a la notificación. Es gratis y puedes hacerla tú mismo.
  2. Demanda ante el Juzgado de lo Social: si desestiman la reclamación, en los 30 días siguientes.

Muchas denegaciones se revierten con la reclamación si el motivo es documental o de cálculo.

Preguntas frecuentes

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Aviso: La información de este artículo es orientativa y puede haber variado. Consulta siempre las fuentes oficiales antes de realizar cualquier trámite.