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Incapacidad permanente 2025: grados, requisitos y cuánto se cobra

Guía completa sobre la incapacidad permanente en 2025: grados (parcial, total, absoluta, gran invalidez), requisitos de cotización, cuantías y cómo solicitarla.

· 4 min de lectura

La incapacidad permanente es la prestación de la Seguridad Social que protege a quienes, tras recibir tratamiento médico, presentan reducciones anatómicas o funcionales que les impiden trabajar de forma definitiva. Conocer los grados y requisitos puede marcar la diferencia entre cobrar una prestación adecuada o quedar desprotegido.

Los cuatro grados de incapacidad permanente

Incapacidad Permanente Parcial (IPP)

Produce al trabajador una disminución no inferior al 33 % en el rendimiento para su profesión habitual, pero no le impide ejercerla.

Prestación: Pago único de 24 mensualidades de la base reguladora.

Incapacidad Permanente Total (IPT)

Inhabilita al trabajador para realizar todas o las fundamentales tareas de su profesión habitual, aunque puede dedicarse a otra actividad diferente.

Prestación: 55 % de la base reguladora (mensual, vitalicia). Sube al 75 % para mayores de 55 años con dificultades de reinserción laboral.

Incapacidad Permanente Absoluta (IPA)

Inhabilita al trabajador para cualquier profesión u oficio.

Prestación: 100 % de la base reguladora (mensual, vitalicia). Exenta de IRPF.

Gran Invalidez (GI)

El trabajador, además de ser absolutamente incapaz, necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida (vestirse, desplazarse, comer...).

Prestación: 100 % de la base reguladora + un complemento del 45 % de la base mínima de cotización + 30 % de la base mínima (total complemento: 75 % de la base mínima). Exenta de IRPF.

Requisitos de cotización

Enfermedad común o accidente no laboral

| Edad del solicitante | Años cotizados necesarios | |---|---| | Menos de 31 años | 1/3 del tiempo entre los 16 años y el hecho causante | | 31 años o más | 15 años (al menos 3 en los últimos 10 años) |

Accidente de trabajo o enfermedad profesional

No se exige período mínimo de cotización. La prestación se calcula sobre la base reguladora específica de AT/EP.

Cuánto se cobra: base reguladora

La base reguladora es la clave del cálculo:

Enfermedad común:

  • Se calcula sobre las bases de cotización de los últimos 8 años (96 meses) antes del hecho causante
  • Fórmula: suma de bases de los últimos 96 meses ÷ 112

Accidente de trabajo:

  • Base reguladora = salario real del trabajador (sueldo + pagas extraordinarias prorrateadas)

Importe según grado (ejemplo base reguladora 2.000 €/mes)

| Grado | Porcentaje | Importe mensual | |---|---|---| | IP Parcial | Pago único (24 mensualidades) | 48.000 € total | | IP Total | 55 % | 1.100 €/mes | | IP Total (>55 años, difícil reinserción) | 75 % | 1.500 €/mes | | IP Absoluta | 100 % | 2.000 €/mes | | Gran Invalidez | 100 % + complemento | 2.000 € + ~900 € complemento |

Pensión mínima de incapacidad permanente en 2025

| Grado | Con cónyuge a cargo | Sin cónyuge a cargo | |---|---|---| | IP Total < 60 años | 711,00 €/mes | 693,60 €/mes | | IP Total ≥ 60 años | 859,60 €/mes | 701,80 €/mes | | IP Absoluta | 1.059,50 €/mes | 1.002,80 €/mes | | Gran Invalidez | 1.589,30 €/mes | 1.504,20 €/mes |

Cómo solicitarla

Paso 1: Solicita el alta médica por agotamiento del plazo de incapacidad temporal (IT). Puedes estar de baja hasta 545 días (365 + prórroga de 180 días). El INSS puede iniciar el expediente de IP antes de agotar ese plazo si el pronóstico es irreversible.

Paso 2: Reúne la documentación:

  • DNI o NIE
  • Informe médico actualizado
  • Historial clínico
  • Historial laboral (vida laboral)
  • Certificado de empresa (si aplica)

Paso 3: Presenta la solicitud en el INSS (puede iniciarla el propio INSS de oficio, el médico de la Seguridad Social, o el trabajador):

  • Online: sede.seg-social.gob.es con Cl@ve o certificado digital
  • Presencialmente: Centro de Atención e Información del INSS, con cita previa

Paso 4: El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) del INSS realiza un reconocimiento médico y emite un dictamen propuesta.

Paso 5: La Dirección Provincial del INSS resuelve en un plazo máximo de 135 días hábiles.

Si te deniegan la incapacidad permanente

Tienes derecho a:

  1. Reclamación previa ante el INSS (30 días desde la notificación)
  2. Si te desestiman la reclamación, demanda ante el Juzgado de lo Social (plazo: 30 días desde la desestimación)

Es muy habitual que las primeras solicitudes sean denegadas. La asistencia de un abogado especializado en Seguridad Social aumenta significativamente las posibilidades de éxito.

Preguntas frecuentes

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